¿Qué es el arbitraje? La Ley 1563 de 2012 define el arbitraje como un método alternativo de solución de conflictos (MASC) mediante el cual las partes delegan en árbitros la resolución de una controversia sobre asuntos de libre disposición o autorizados por la ley.
Este mecanismo se rige por los principios de imparcialidad, idoneidad, celeridad, igualdad, oralidad, publicidad y contradicción.
La decisión final del tribunal de arbitramento se denomina laudo arbitral, el cual puede ser en derecho, equidad o técnico.
Principios del arbitraje El arbitraje se fundamenta en los principios de: ✔ Imparcialidad – Neutralidad en la resolución del conflicto. ✔ Idoneidad – Los árbitros deben ser expertos en la materia. ✔ Celeridad – Procedimiento ágil y sin dilaciones. ✔ Igualdad – Garantía de equidad para ambas partes. ✔ Oralidad – Trámite basado en audiencias y argumentos verbales. ✔ Publicidad – Transparencia en el proceso. ✔ Contradicción – Derecho de ambas partes a defender sus intereses.
Modalidades del arbitraje El laudo arbitral puede ser de tres tipos: 🔹 En derecho – Se basa en normas y principios jurídicos. 🔹 En equidad – Se resuelve con base en principios de justicia y equidad. 🔹 Técnico – Se fundamenta en conocimientos especializados de la materia.
¿Dónde se adelanta el arbitraje? El trámite se realiza en un centro de arbitraje autorizado por el Ministerio de Justicia.
¿Quién adelanta el arbitraje? El proceso es dirigido por un árbitro o un tribunal de arbitramento, que puede estar conformado por uno o varios árbitros, designados por las partes o por el centro de arbitraje.
Duración del trámite El procedimiento arbitral tiene un plazo de seis meses, contados a partir de la finalización de la primera audiencia de trámite.
Costo del arbitraje El valor del trámite depende del monto de las pretensiones, y se calcula con base en una tarifa o porcentaje establecido.
Servicio
Servicio de Arbitraje: Resuelve conflictos de manera rápida, imparcial y vinculante sin acudir a la justicia ordinaria. ¡Consulta con nosotros!